Legisladores proponen prohibir la instalación de salmoneras en Tierra del Fuego

La iniciativa que será debatida en comisión, también prohíbe la explotación industrial o comercial que resulta de la piscicultura de esas especies.

El bloque del MoPoF propuso el asunto Nº145/19 del 17 de mayo pasado, que prohíbe en toda la jurisdicción fueguina «la instalación de criaderos o establecimientos de procesamiento de especies ictícolas salmónidas, bajo cualquier modalidad». La iniciativa será abordada en el ámbito de la Comisión de Recursos Naturales.
Además el proyecto busca la prohibición de “la explotación industrial o comercial que resulta de la piscicultura de esas especies.
Asimismo, en otro articulado, crea una unidad de multa (UM) para sancionar el incumplimiento de la normativa, que alcanza el 10% del salario de una categoría 10 de la administración central. Y ante el incumplimiento, la autoridad de aplicación estará habilitada para la: «Inmediata clausura del establecimiento y obligatorio decomiso de todas las instalaciones removibles (…)» y el pago adicional de una multa no inferior a cien (100) y no superior a un mil quinientas (1.500) unidades UM.


Proyecto que busca defender los recursos naturales provinciales tomó estado parlamentario y será debatido en comisión

El proyecto remitido por la gobernadora Rosana Bertone en mayo ante el “público y notorio el proceso de creciente endeudamiento al que el Gobierno nacional ha sometido al país en el transcurso de los últimos años” y que propone la “defensa de nuestros recursos naturales”.
La iniciativa fue ingresada el 17 de mayo pasado, tomó estado parlamentario recién ayer y fue girado a las Comisiones de Recursos Naturales (3) y Legislación General (1).
En los fundamentos, Bertone refiere a la presencia en Tierra del Fuego del “encumbrado constitucionalista Eduardo Barcesat” que ha sostenido en varias oportunidades, “la necesidad de que las provincias sancionen leyes de protección de sus recursos naturales frente a la posibilidad de que éstos se constituyan en garantía de operaciones de crédito público que realice el Estado nacional”.


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