Obligatorio: Los niños hasta 10 años deberán viajar con silla de seguridad

Lo definió el Gobierno Nacional mediante un decreto que reglamenta un artículo de la ley de tránsito que rige para todo el país.

Mediante un decreto publicado el pasado 11 de enero en el Boletín deicial que reglamentó varios artículos de la Ley de Tránsito, el Ministerio de Transporte estableció que los niños de hasta 10 años deberán utilizar silla de seguridad cuando viajen en auto, siempre en el asiento trasero. La norma es de alcance nacional, aunque varios distritos, entre ellos la Ciudad de Buenos Aires, tienen especificaciones diferentes.
La medida modifica el artículo 40 de la ley y establece dentro de los requisitos para circular que “los menores de diez (10) años deben viajar sujetos al asiento trasero, con el Sistema de Retención Infantil homologado al efecto, en relación a su peso y tamaño”. No aclara, sin embargo, cuál es el límite de peso y tamaño que debe tener el menor.
Fabián Pons, presidente de OVILAM (Observatorio Vial Latinoamericano) señaló que “hubiese sido bueno que se complementara con la altura mínima que tenía que tener. Así como quedó, está a medias. No está explicado lo que hay que explicar, el problema no es la edad sino la altura y el peso”, arrancó diciendo. Luego ahondó en el tema: “La banda pectoral debe tomar siempre la zona del centro de la clavícula. Pero ¿qué pasa si mide 1,40 metros y está sin la sillita y sólo con el cinturón colocado? Si choca, se ahorca”.
El especialista en Seguridad Vial también afirmó “dice que el SRI debe estar homologado pero acá en Argentina no hay ningún centro de homologación. Se utilizan las de afuera, pero muchas pueden ser truchas”. Y explicó que “en las últimas pruebas que se hicieron de sillitas las mayores falencias las encontraron con los choques laterales. Ante el choque se partían y se clavaban en las costillas de los chicos”.
Por otro lado, en ese mismo artículo queda establecido que “los ciclomotores no pueden llevar carga ni pasajeros con un peso superior a cuarenta kilogramos (40 kg) y los pasajeros siempre deben viajar con casco reglamentario”. “El casco deberá contar con la identificación de dominio del motovehículo, adherida en letras y números reflectantes, sin que coincida con el color de fondo del casco”, añade.


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