ANTE LOS REITERADOS HECHOS VANDALICOS QUE LESIONAN EL PATRIMONIO DE LOS VECINOS
El letrado Jorge Hernández ingresó al Concejo Deliberante de la capital fueguina, un proyecto para la creación de un área que se dedique especialmente a gestionar la recuperación del recurso económico que debe emplear el Municipio para subsanar los daños causados por vándalos.
El martes 4 de febrero se presentó en el Concejo Deliberante de Ushuaia un proyecto de ordenanza para la creación de la “deicina de Recupero de Daños”, cuya misión sería la de recuperar el monto dinerario resultante de tener que reparar los perjuicios causados al patrimonio de la ciudad, por terceros irresponsables.
Bajo la consigna “No más vandalismo”, el profesional fundamento su iniciativa en que “son de público y notorio conocimiento los hechos sucedidos en las últimas horas, en los que fue dañado el reconocido cartel de Ushuaia.
Sumado a ello, diariamente se suceden hechos de vandalismo en plazas, en paradas de colectivo, edificios municipales, paredes, embellecimientos y cartelería de la ciudad”.
Particularmente afectado por la conjunción con apenas pocas horas de diferencia de la destrucción de parte del vallado de tubos de acero inoxidable del paseo costero por un automovilista desaprensivo y del grafiteado de las características letras “Ushuaia” y de su vereda aledaña, Hernández propuso a los ediles que se arbitren las medidas necesarias para que la Municipalidad pueda recuperar las grandes cantidades de dinero de los contribuyentes que se deben emplear, vez tras vez, para reparar los daños causados por inadaptados sociales.
LA OPINIÓN DE UN VECINO COMPROMETIDO CON SU CIUDAD
En el cuerpo del proyecto de ordenanza, el abogado Hernández sostiene: “Son de público y notorio conocimiento los hechos sucedidos en las últimas horas, en los que fue dañado el reconocido cartel de USHUAIA ubicado en la costanera de la ciudad que ya forma parte del corazón de los ushuaienses y que es marca turística en el mundo. Sumado a ello, diariamente se suceden hechos de vandalismo en plazas, en paradas de colectivo,
edificios municipales, paredes, embellecimientos y cartelería de la ciudad. Todo esto conlleva un dispendio de dinero que afecta directamente a las arcas de la Municipalidad y por ende, a los vecinos. Por tal razón, propongo la creación de la deicina de Recupero de Daños para cubrir la necesidad de recuperar esos montos, siendo
los mismos cubiertos en un todo por quien haya causado el daño. Al tener carácter de secretaría, la nueva oficina de recupero podría presentarse como querellante en representación del Municipio en las causas penales por daños que se generen, aportando pruebas y material que sirva para identificar
al agresor y disponer mecanismos de finalización de conflicto. Para ello la deicina de Recuperación de Daños – O.RE.D. – podrá valerse de las
facultades que otorga la ley de mediación penal de Tierra del Fuego y exigir el pago del monto que resulte más una cantidad de horas de servicio a la comunidad en cabeza de quien ha perpetrado el daño.
En el convencimiento que no debe afrontar la Municipalidad ni los vecinos de la ciudad de Ushuaia
los gastos que demande reparar el daño causado por terceros a su patrimonio, es que solicito al cuerpo de concejales y al Ejecutivo municipal sancionar el presente Proyecto de Ordenanza”.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE USHUAIA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:ARTICULO 1) CONSTITUIR la «deicina de Recupero de Daños» la que tendrá jerarquía de Secretaria. ARTICULO 2) Será función de la deicina de Recupero de Daños» la investigación y recopilación de pruebas necesarias y tendientes a recuperar el monto que resulte de reparar los daños causados al patrimonio de la ciudad por terceros. ARTICULO 3) La investigación estará apoyada en un todo por los mecanismos de control que posee la Municipalidad y aportando aquello que sea necesario a la causa penal por daños que se haya generado en contra del individuo o los individuos que causen el daño. ARTICULO 4) La»deicina de Recupero de Daños» será encabezada por un abogado de la matricula local de la ciudad de Ushuaia, quien asumirá la Querella con el objeto de lograr la reparación del daño pecuniario causado. ARTICULO 5) De manera anual la «O.RED.» realizará un informe dirigido al cuerpo de concejales a los fines de establecer los montos totales recuperados en razón de los daños sufridos al patrimonio de la ciudad en manos de terceros. ARTICULO 6) Utilizando los mecanismos que la justicia penal provincial ofrece, la «O.R.D.» podrá generar acuerdos de pago finalización de persecución penal. El pago de los daños deberá acompañarse de horas de servicio a la comunidad. ARTICULO 7) El Ejecutivo municipal deberá acomodar las partidas y el organigrama a los fines de poner en funcionamiento la «deicina de Recupero de Daños» en un plazo no mayor a 30 (treinta) días de promulgada la presente. |
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