Absolución o 15 años de cárcel para un hombre acusado falsamente

Veredicto inminente en una causa que divide opiniones.

El caso genera fuerte polémica porque la denunciante se retractó pública y reiteradamente, y afirmó que promovió una falsa denuncia impulsada por el alcohol, el despecho y su negativa a aceptar el fin de la relación. El denunciado lleva 11 meses detenidos.

Agustín Alcides Álvarez Monje reside en Tolhuin, en donde se lo conoce como «el marine» porque aunque nació en Salta, pasó la mayor parte de su vida en EEUU. Su pareja, Gloria Tricañir, lo denunció por supuesta privación ilegítima de la libertad, amenazas y lesiones pero después dijo que actuó por despecho, ya que el hombre quería terminar la relación y ella no.

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte dará a conocer este martes 3 de marzo a las 10 de la mañana su veredicto en el controvertido juicio oral y público seguido contra Agustín Alcides Álvarez Monje, acusado de haber agredido y privado de su libertad a su pareja Gloria Tricañir, en abril del año pasado, en la localidad de Tolhuin.

La instancia de sentencia llega luego de que el viernes 27 de febrero finalizaran los alegatos de las partes en un proceso que ha estado marcado por fuertes contradicciones, principalmente porque la denunciante Tricañir, se retractó de sus acusaciones y afirmó en distintas oportunidades —incluso durante el debate oral— que había denunciado falsamente al imputado en el marco de una separación conflictiva que no deseaba aceptar.

Durante su exposición final, la defensa particular ejercida por el abogado Maximiliano Palladino, planteó la nulidad de la acusación al sostener que no existen pruebas suficientes para acreditar la responsabilidad penal de Álvarez Monje en los delitos de privación ilegítima de la libertad y lesiones graves.

El letrado solicitó en consecuencia la absolución de su defendido y cuestionó la solidez probatoria del caso, remarcando que la propia denunciante reconoció haber mentido cuando radicó la denuncia.

Pese a la retractación de la denunciante, la fiscal de Tolhuin, Mariel Zárate, sostuvo la acusación y requirió una pena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo para el imputado. El pedido fue formulado durante los alegatos, al considerar ella acreditado el delito de privación ilegítima de la libertad agravada por lesiones graves.

Al fundamentar su postura, la representante del Ministerio Público sostuvo que los hechos se habrían producido “en un contexto de vulnerabilidad en el que el hombre ejercía un control absoluto, manejaba la economía de su pareja, sus bienes y limitaba su libertad personal”.

Respecto de la retractación de Gloria Tricañir, la fiscal manifestó que “es frecuente que las víctimas en ciclos de violencia se desdigan”, postura que mantuvo pese a que la mujer declaró ante los jueces que había actuado movida por el despecho y su negativa a dar por terminada la relación.

Las aristas polémicas del proceso

El juicio también tuvo otros puntos controvertidos.

Uno de ellos fue la situación vinculada al idioma del acusado. Si bien Álvarez Monje nació en la provincia de Salta, se crió en los Estados Unidos y manifestó dificultades para comprender plenamente el idioma español durante el proceso. Por esa razón, el Tribunal dispuso la asistencia de una traductora para garantizar su derecho de defensa.

La fiscal, en declaraciones públicas, puso en duda esa dificultad y la consideró una estrategia para victimizarse.

Otro aspecto que ha generado debate es que el imputado permanece detenido desde el momento mismo de la denuncia, es decir desde hace 11 meses, una medida que no suele aplicarse de manera automática en este tipo de procesos si no existen riesgos procesales debidamente acreditados.

Además, fuentes vinculadas al ámbito judicial señalan que la fiscal Zárate ha mantenido criterios punitivos severos en otras causas recientes, lo que también ha sido materia de discusión pública.

Un caso que divide opiniones

El expediente ha generado fuertes discusiones tanto en el ámbito judicial como en la comunidad de Tolhuin y Río Grande.

Tricañir, quien denunció en abril de 2025 a su pareja por supuesta violencia física —lo que derivó en la inmediata detención del hombre— declaró posteriormente en entrevistas con distintos medios que su denuncia fue falsa y explicó las circunstancias emocionales que la llevaron a tomar esa decisión: “En esa oportunidad los dos estábamos bajo los efectos del alcohol, discutimos pero él nunca me golpeó, como yo denuncié. Estaba enojada y no quería que termináramos la relación, como él sí quería”, dijo Tricañir públicamente.

La definición del Tribunal, integrado por Juan José Varela —quien lo preside— junto a Verónica Marchisio y Eduardo López, marcará un punto decisivo en un caso que ha puesto en tensión el valor probatorio de la retractación de la presunta víctima, el alcance del principio de objetividad fiscal y los estándares de prueba en materia de violencia de género.


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