Juicio por violencia de género en Río Grande.
José Cárdenas Almonacid, de 43 años, fue hallado culpable de agredir físicamente a su pareja durante varias horas, en un episodio de violencia que incluyó golpes reiterados, un impacto con una silla en la espalda y patadas mientras la víctima se encontraba en el suelo. Hasta que la sentencia quede firme, continuará en libertad bajo supervisión electrónica mediante tobillera.
El Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, a cargo del juez Pedro Fernández, condenó el martes último a José Cárdenas Almonacid, de 43 años, a la pena de un año y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo, tras hallarlo responsable de agredir físicamente a su pareja en un episodio de violencia doméstica registrado a fines de diciembre de 2024.
El juicio oral había comenzado la semana pasada en Río Grande, luego de que el imputado fuera detenido por orden judicial ante su inasistencia al inicio del debate, previsto para el pasado 6 de mayo. Cárdenas Almonacid no se presentó pese a haber sido citado, por lo que se ordenó su captura y fue trasladado por la fuerza pública, permaneciendo detenido desde entonces bajo prisión preventiva.
Durante los alegatos, la fiscal del caso, Vanina Cantiani, había solicitado una pena de un año y ocho meses de prisión, en función de los antecedentes penales del acusado. Por su parte, la defensa oficial, a cargo del abogado Sebastián Gasalla, pidió la absolución de su defendido.
De acuerdo a la acusación, Cárdenas Almonacid habría ejercido violencia física de manera sostenida durante varias horas, en el domicilio que compartían, culminando con un fortísimo golpe con una silla en la espalda y agresiones con patadas mientras la mujer se encontraba en el suelo.
Tras los alegatos finales y las últimas palabras del imputado, el juez Fernández dictó la sentencia, considerando probada la comisión del delito de “lesiones agravadas por el vínculo”. La pena impuesta será de cumplimiento efectivo una vez que la condena adquiera firmeza. Hasta entonces, el condenado podrá transitar el proceso en libertad, bajo la condición de utilizar tobillera electrónica y cumplir con las medidas impuestas por el magistrado.