Violencia de género en Río Grande.
El Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte le impuso un año de prisión efectiva por lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género. La sanción fue unificada con una condena anterior de la Justicia Federal por tenencia de estupefacientes.

El Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, a cargo del juez Pedro Fernández, condenó a Sergio Luis Iglesias Ortiz, de 44 años, a un año de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género.
El hecho ocurrió el 17 de agosto de 2024, alrededor de las 4 de la madrugada, en una vivienda ubicada en calle Darwin de Río Grande. De acuerdo con lo acreditado durante el proceso, tras una discusión, el hombre tomó de los cabellos a su expareja, la arrastró por el piso y le provocó golpes en la cabeza. Las lesiones fueron constatadas posteriormente por personal médico.
Además, durante el episodio, el condenado le arrebató dos teléfonos celulares para impedir que solicitara ayuda. Dos vecinos que escucharon gritos y llantos dieron aviso al servicio de emergencias. Al llegar la Policía, los efectivos encontraron a la mujer en el suelo, llorando y pidiendo auxilio, mientras el imputado permanecía junto a ella y se negaba a permitir el ingreso del personal policial, que finalmente debió ingresar por la fuerza.
La relación de pareja había finalizado aproximadamente un año antes del hecho, aunque ambos continuaban frecuentándose. Esta circunstancia permitió establecer el agravante del vínculo, mientras que el resto de las pruebas incorporadas al proceso acreditó la responsabilidad del acusado. Iglesias Ortiz se abstuvo de declarar durante el trámite de la causa.
Al momento de fijar la pena, el juez Fernández tuvo en cuenta los antecedentes condenatorios del hombre. La sanción de un año de prisión impuesta en este expediente fue unificada con una condena anterior de cuatro años de prisión efectiva dictada por la Justicia Federal por tenencia de estupefacientes.
Como resultado de la unificación, se estableció una pena única de 4 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo. Sin embargo, el condenado continuará en libertad hasta que la sentencia quede firme, con prohibición de salida de la provincia.
Asimismo, el magistrado dispuso comunicar la sentencia a la Subsecretaría de Políticas de Género para que realice un relevamiento de la situación actual de la mujer y, de ser necesario, implemente medidas de orientación y contención.
La sentencia fue dictada con perspectiva de género y en el marco de las normas nacionales e internacionales de protección frente a situaciones de violencia.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Ariel Pinno, mientras que la Defensa deicial estuvo a cargo de Lorena Nebreda.