El próximo lunes 30 de marzo llega a su fin el juicio por el feroz crimen del docente y tatuador riograndense, Alexis Bacciocchi, ocurrido el 18 de diciembre de 2022.
Tras dos años y medio en libertad, la homicida Florencia Mancilla enfrenta una condena de prisión perpetua, propuesta por la Querella; de 12 años de cárcel, por la Fiscalía y ocho opciones de absolución y penas mínimas, por sus dos defensores. El proceso estuvo atravesado por fuertes cuestionamientos a la Justicia.

El juicio por el homicidio de Alexis Bacciocchi transita su etapa final en Río Grande y tendrá sentencia el próximo lunes 30 de marzo, en un caso que se constituyó en un emblema de los cuestionamientos al accionar judicial y al uso de la perspectiva de género.
Se trata de un crimen cometido con alevosía, confesado minutos después en redes sociales por su autora, Florencia Mancilla, quien sin embargo permaneció menos de 48 horas detenida. La decisión fue adoptada por la jueza de instrucción Cecilia Cataldo, en acuerdo con el defensor Alejandro Nacaratto, al considerar que no existía riesgo procesal y valorar que la imputada “alertó a la Policía” y colaboró con las medidas de prueba.
Desde entonces, Mancilla atravesó en libertad los más de dos años y medio que separaron el hecho del inicio del juicio oral, pese a haber sido acusada de un homicidio de extrema violencia. Incluso al comenzar el debate, volvió a generarse polémica cuando desde el ámbito judicial se intentó limitar la cobertura periodística para “no revictimizarla”, pese a su condición de imputada y no de víctima.
El hecho ocurrió el 18 de diciembre de 2022, cuando comenzaban a apagarse en las calles de Río Grande los festejos por la consagración de la Selección Argentina en el Mundial de Fútbol. Ese día, Mancilla se presentó en la vivienda de Bacciocchi, con quien mantenía una relación sexoafectiva desde sus 14 años —cuando él tenía 23 y era su profesor de música—. Llevaba consigo tres cuchillos, un destornillador y un martillo, elementos con los que le quitó la vida. Minutos después, grabó un video con su celular en el que confesó el crimen y lo difundió en las redes sociales.
Durante los alegatos, las abogadas querellantes Sandra Arenas y Erica Soto solicitaron la pena de prisión perpetua y expusieron mensajes, audios y videos en los que la imputada se refería a la víctima como “un pez gordo”, en alusión a sus bienes —terreno, vivienda y vehículo—, y analizaba estrategias para avanzar sobre ese patrimonio. Según la querella, Mancilla evaluaba valerse del vínculo iniciado cuando era menor de edad para obtener un rédito económico y forzar además a Baciocchi a abandonar la provincia.
Por su parte, la Fiscalía de Género, a cargo de Mónica Macri, dio por acreditada la autoría pero encuadró el hecho como homicidio simple, solicitando una pena de 12 años de prisión, sin contemplar agravantes, en una postura que marcó una clara distancia con la querella tanto en la calificación legal como en la interpretación del caso.
El jueves fue el turno de la defensa oficial, encabezada por el defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, Jesús González Saber, quien sorprendió al presentar ocho alternativas de resolución: cuatro absolutorias y cuatro con pedidos de penas atenuadas.
En su exposición, centrada en la historia personal de la imputada, el defensor responsabilizó al Estado por una supuesta falta de asistencia ante una situación de vulnerabilidad, y sostuvo que esa omisión “incidió de forma determinante en el desenlace”.
Sin hacer mención a la autoría confesada del hecho, González Saber puso el foco en el estado mental de Mancilla al momento del crimen, planteando dudas sobre su capacidad de comprensión y autodeterminación, en contraposición con los peritajes que indicaron que la mujer fue plenamente consciente de sus actos. En ese marco, invocó el principio de “in dubio pro reo”.
Como primera opción, solicitó la absolución por ruptura del nexo causal atribuida a una supuesta falta de intervención estatal. En segundo término, pidió la absolución por inimputabilidad. También planteó la hipótesis de legítima defensa, y subsidiariamente un exceso en la misma, con una pena de un año en suspenso.
A ello sumó la figura de emoción violenta, también con un pedido de pena mínima en suspenso. En caso de una eventual condena por homicidio simple, requirió el mínimo de la escala, ocho años de prisión. Incluso si se considerara el agravante del vínculo, solicitó la aplicación de circunstancias extraordinarias de atenuación con igual pena, y finalmente pidió que se declare la inconstitucionalidad de los límites legales si se contemplaran agravantes como la alevosía o el ensañamiento.
Tras los alegatos, el Tribunal integrado por Eduardo López, Verónica Marchisio y Juan José Varela dispuso un cuarto intermedio hasta el lunes próximo, cuando la imputada podrá pronunciar sus últimas palabras antes de conocerse el veredicto.
De esta manera, el fallo se aguarda con alta expectativa en un caso atravesado por la sordidez, el consumo de drogas y la violencia verbal. No obstante y más allá del desenlace judicial, ya quedó expuesta una fuerte controversia sobre los criterios aplicados por la Justicia. Al parecer y en base a la historia criminalística provincial, en Tierra del Fuego la vida arrebatada a un hombre por una mujer es considerado un acto mucho menos grave que a la inversa.