Golpe judicial a la reforma

La jueza electoral anuló el decreto para elegir convencionales.

La magistrada Mariel Zanini invalidó la convocatoria a elecciones del 9 de agosto al considerar que el fallo que habilitaba avanzar con la reforma constitucional aún no está firme porque sigue pendiente la definición de la Corte Suprema ante un recurso presentado por el legislador Jorge Lechman.

La jueza electoral provincial Mariel Zanini declaró este martes la nulidad del decreto firmado por el gobernador Gustavo Melella que convocaba a elecciones de convencionales constituyentes para el próximo 9 de agosto, al entender que el Poder Ejecutivo avanzó sin contar todavía con una sentencia judicial firme que habilitara el proceso de reforma constitucional.

La resolución, de fuerte contenido jurídico e institucional, sostiene que el decreto provincial 0751/26 fue dictado sin haberse cumplido el requisito expresamente establecido por el Superior Tribunal de Justicia cuando, en 2025, rechazó la demanda impulsada por el legislador Jorge Lechman contra la reforma de la Constitución.

Según recordó la magistrada, el máximo tribunal provincial había establecido que el Gobierno podía convocar a elecciones recién una vez que la sentencia estuviera “firme”. Sin embargo, la jueza advirtió que actualmente sigue pendiente una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que el fallo todavía no adquirió carácter definitivo.

Zanini diferenció especialmente los conceptos de “ejecutoriedad” y “firmeza” de una sentencia. Explicó que, aunque el fallo del Superior Tribunal pueda tener efectos ejecutorios, eso no significa que esté firme mientras continúe abierta la instancia extraordinaria federal ante la Corte Suprema.

“La circunstancia invocada por el Poder Ejecutivo como presupuesto habilitante de la convocatoria no implicaba aún el cumplimiento de la condición requerida”, sostuvo la resolución.

En otro de los párrafos centrales, la jueza señaló que admitir una convocatoria bajo esas condiciones hubiera significado avanzar en un proceso susceptible de quedar sin efecto más adelante, afectando la seguridad jurídica, la previsibilidad y la confianza pública en el sistema democrático.

Por ello, remarcó que “la Justicia Electoral tiene la obligación de garantizar la legalidad, regularidad, transparencia y certeza electoral en todas las etapas del proceso comicial, incluso desde los actos previos a la elección”.

La resolución también destaca que el decreto de convocatoria constituye un acto “estructurante” de todo el proceso electoral, ya que pone en marcha plazos vinculados con oficialización de candidaturas, presentación de boletas, confección de padrones y organización de los comicios.

En ese contexto, Zanini concluyó que el decreto presenta un vicio grave en uno de sus elementos esenciales: la causa jurídica que justificaba la convocatoria.

“Corresponde declarar la nulidad del Decreto Provincial N° 0751/26”, resolvió finalmente la magistrada, haciendo extensiva la invalidez a todos los actos posteriores dictados como consecuencia directa de esa convocatoria.

La jueza también hizo referencia al escenario político generado la semana pasada en la Legislatura provincial, donde se insistió con la derogación de la Ley 1529, norma que había declarado la necesidad de la reforma constitucional. No obstante, aclaró que esa nueva ley aún no había entrado formalmente en vigencia al momento de resolver, ya que todavía no constaba su publicación oficial.

El fallo representa un nuevo golpe para la iniciativa impulsada por el gobernador Gustavo Melella, que buscaba avanzar con la reforma de la Constitución fueguina sancionada en 1991. El proyecto ya había quedado políticamente debilitado tras la contundente votación legislativa del viernes último – 11 votos en contra de la reforma y 3 a favor – y ahora suma un freno judicial de enorme impacto institucional.


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