Ante una consulta de la Justicia Electoral.
El dictamen fue emitido luego de que la jueza Mariel Zanini pausara momentáneamente el cronograma electoral tras la derogación legislativa de la ley que habilitó la reforma constitucional, posteriormente vetada por el Ejecutivo provincial.

Jueza electoral, Mariel Zanini.
El Ministerio Público Fiscal se expidió en las últimas horas sobre la incertidumbre jurídica que rodea al proceso de reforma parcial de la Constitución Provincial y le indicó a la jueza electoral Mariel Zanini que la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación no implica la suspensión automática del proceso electoral en marcha.
El dictamen fue emitido luego de que la propia magistrada resolviera suspender momentáneamente la oficialización del cronograma electoral y remitir las actuaciones a la Fiscalía para obtener una definición jurídica sobre cómo debía proceder frente al complejo escenario político y judicial generado en torno a la reforma constitucional.
La situación se desencadenó luego de que el gobernador Gustavo Melella firmara el 29 de abril el decreto convocando a elecciones de convencionales constituyentes para el próximo 9 de agosto, con el objetivo de avanzar en una modificación parcial de la Constitución fueguina de 1991.
Sin embargo, apenas 24 horas después, la Legislatura provincial aprobó la derogación de la Ley 1529, norma que había habilitado el proceso de reforma constitucional. Esa decisión legislativa fue posteriormente vetada por el Poder Ejecutivo, profundizándose aún más el conflicto institucional.
En paralelo, continuaba pendiente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación un recurso vinculado a la causa “Lechman c/ Provincia de Tierra del Fuego”, situación que también llevó a Zanini a consultar formalmente si correspondía o no avanzar con el cronograma electoral previsto para la elección de convencionales.
En su respuesta, la Fiscalía recordó que el artículo 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece expresamente que la sola presentación de un recurso de queja no suspende el trámite de las actuaciones mientras la Corte Suprema no haga lugar a ese planteo.
De ese modo, el Ministerio Público dejó planteado que el proceso electoral continúa formalmente vigente y que la competencia para decidir sobre el desarrollo del cronograma corresponde al fuero electoral provincial.
El dictamen también remarcó que cualquier eventual intervención judicial sobre el decreto de convocatoria o sobre la ley sancionada por la Legislatura requiere la existencia de un “caso o controversia judicial” concreta, señalando además que en cuestiones de fuerte contenido político e institucional debe actuarse con “máxima prudencia”.
Finalmente, la Fiscalía ratificó que es la Justicia Electoral quien posee competencia y jurisdicción para adoptar las medidas necesarias durante esta etapa del proceso y garantizar “certeza y claridad al electorado”.
Con el pronunciamiento ya emitido, será ahora la jueza Mariel Zanini quien deberá resolver cómo continuará el cronograma rumbo a unas elecciones de convencionales constituyentes que siguen atravesadas por fuertes tensiones políticas, judiciales e institucionales.