A seis días del siniestro que conmocionó a la comunidad ushuaiense.
La jueza María Cristina Barrionuevo imputó por homicidio culposo a Alejandro Hidalgo Parra, de nacionalidad chilena y 48 años de edad, descartando en un principio, la existencia de dolo. También dispuso un embargo sobre sus bienes por 60 millones de pesos y mantuvo la prohibición de salir del país.

El Juzgado de Instrucción Nº 2 del Distrito Judicial Sur procesó a Alejandro Robinson Hidalgo Parra, de 48 años, como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo por conducción imprudente de automotor, en el marco de la causa que investiga la muerte de la Dra. Ana María “Charo” Zingoni.
Al dictar el procesamiento, la magistrada descartó preliminarmente la figura de dolo y encuadró el hecho como imprudente, delito cuya pena prevista en el Código Penal oscila entre uno y cinco años de prisión.
Según la imputación, la camioneta Ford F-150 Raptor conducida por Hidalgo Parra—quien retornaba hacia la República de Chile acompañado por su pareja— embistió a la médica, que circulaba en bicicleta por la banquina en el mismo sentido de circulación (sur-norte), provocándole lesiones que ocasionaron su fallecimiento en el lugar.
El hecho ocurrió el sábado 14 de febrero al mediodía, sobre la Ruta Nacional Nº 3, en un día con buena visibilidad y pavimento seco, a unos 300 metros del puente sobre el río Olivia, en proximidades del ingreso al camping de la zona.
La jueza resolvió además mantener las reglas de conducta impuestas al imputado: deberá comparecer cada vez que sea citado, informar cualquier cambio de domicilio y no podrá salir de la provincia ni del país sin autorización judicial, bajo apercibimiento de detención en caso de incumplimiento. En ese marco, se libró comunicación a la DGICU – Dirección General de Información Criminal y Cooperación Internacional – para su incorporación en el sistema SIFCOP – Sistema Federal de Comunicaciones Policiales – y su notificación a las fuerzas de seguridad y a la Dirección Nacional de Migraciones.
Asimismo, se dispuso el embargo de bienes del sujeto extranjero hasta cubrir la suma de 60 millones de pesos, equivalentes a unos 42 mil dólares.
La familia de la víctima, en tanto, se constituyó como querellante para intervenir activamente en el proceso.