Melella busca reactivar la reforma de la Constitución

El Gobierno provincial apeló la anulación urgente del decreto de llamado a elección de convencionales, prevista para el 9 de agosto.

En el escrito de apelación el Ejecutivo argumenta que la resolución de la jueza Mariel Zanini alteró el orden institucional al hacer pesar el fallo de un Juzgado Electoral por sobre otro de máxima jerarquía judicial, como es el Superior Tribunal de Justicia.

El Gobierno de Tierra del Fuego presentó una contundente apelación contra la sentencia de la jueza electoral Mariel Zanini que dejó sin efecto el decreto de convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes previstas para el próximo 9 de agosto, en un nuevo capítulo de la encendida disputa por la reforma de la Constitución provincial.

Para el Poder Ejecutivo, la resolución no sólo carece de sustento jurídico suficiente, sino que además genera un conflicto institucional de enorme magnitud al paralizar un proceso electoral que había sido habilitado por una ley vigente y respaldado por el Superior Tribunal de Justicia.

La presentación judicial fue formalizada luego de que el Juzgado Electoral Provincial declarara la nulidad del Decreto Nº 751/26, mediante el cual el gobernador Gustavo Melella había convocado a los fueguinos a elegir a los convencionales encargados de debatir la reforma de la Carta Magna provincial del año 1991.

En su apelación, el Gobierno sostiene que la sentencia contradice la legislación vigente, desconoce resoluciones judiciales firmes y genera incertidumbre sobre un proceso institucional que ya había comenzado a desarrollarse.

El núcleo del planteo oficial gira en torno a la interpretación que realizó la jueza sobre la queja presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el legislador Jorge Lechman, principal impulsor de las acciones judiciales contra la reforma constitucional.

Según el Ejecutivo, la mera presentación de ese recurso no tiene efecto suspensivo automático y, por lo tanto, no podía ser utilizada como fundamento para dejar sin efecto la convocatoria electoral.

La apelación recuerda que el Superior Tribunal de Justicia ya se había pronunciado sobre el fondo de la controversia al declarar válida la Ley Provincial Nº 1529, levantar la medida cautelar que mantenía paralizado el proceso y ordenar una nueva convocatoria a elecciones.

Además, señala que posteriormente el máximo tribunal fueguino rechazó el Recurso Extraordinario Federal presentado contra esa decisión, por lo que la cuestión había adquirido firmeza dentro de la jurisdicción provincial.

El escrito enfatiza que cuando se dictó el decreto de convocatoria no existía ninguna medida cautelar vigente, suspensión judicial ni resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que impidiera avanzar con el cronograma electoral.

Pero más allá de la discusión puntual sobre el decreto, el Gobierno colocó el foco en una cuestión institucional de fondo.

Según argumenta, la sentencia del Juzgado Electoral termina revisando e interpretando una decisión previamente adoptada por el Superior Tribunal de Justicia, alterando en los hechos los efectos de una resolución emanada del máximo órgano judicial de la provincia.

La apelación recuerda que la legislación fueguina establece que la jurisprudencia del Superior Tribunal resulta obligatoria para todos los jueces y tribunales provinciales.

Desde la mirada oficial, permitir que una resolución de una instancia inferior deje sin efecto práctico una decisión del máximo tribunal provincial supone una alteración del sistema de jerarquías judiciales previsto por la Constitución y una afectación directa del orden institucional.

El Ejecutivo también advirtió sobre las consecuencias políticas y jurídicas que podría generar el criterio adoptado por la jueza Zanini.

Sostiene que si bastara la presentación de una queja ante la Corte Suprema para paralizar automáticamente decisiones judiciales provinciales firmes, se abriría un escenario de fuerte incertidumbre para cualquier proceso institucional en marcha, afectando principios básicos como la seguridad jurídica, la previsibilidad y el normal funcionamiento de las instituciones.

Por ese motivo solicitó que la Cámara de Apelaciones intervenga con carácter urgente y revierta el fallo.

Para el Gobierno fueguino, la discusión ya excede la validez de un decreto puntual y se proyecta sobre la posibilidad de que los fueguinos decidan en las urnas si desean o no avanzar con una reforma de su Constitución.


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