Nuevo revés de la Corte al Gobierno: desestimó el pedido por IVA y Ganancias

El máximo tribunal dijo que mauricio Macri “debió haber cuantificado los costos” de las reducciones que dispuso.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este jueves el pedido realizado por el Gobierno de Mauricio Macri para que brinde aclaraciones en la causa en la que resolvió que la reducción del IVA y del impuesto a las Ganancias no puede afectar los fondos de coparticipación a las provincias.
Como anticipó este medio la semana pasada, con la firma de los ministros Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, el máximo tribunal de justicia del país desestimó el pedido realizado por la Procuración General del Tesoro, por lo que el Gobierno deberá acatar el fallo inicial tal cual fue comunicado.
Mediante las medidas cautelares dictadas el 1° de octubre de 2019, la Corte había ordenado que los efectos fiscales de la aplicación de los decretos n° 561/19 y n° 567/19 sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional sin afectar la coparticipación.
Ese fallo fue favorable para las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.
Para desestimar el pedido de aclaratoria, el Tribunal remarcó en primer término que la presentación del Estado Nacional no explicaba cuál era la “complejidad técnica” y las supuestas “dificultades” para cumplir con las medidas dictadas.
En ese sentido, el máximo Tribunal añadió que el Poder Ejecutivo debió haber cuantificado los costos de las reducciones que dispuso y tenido en cuenta sus efectos al momento de establecerlas por decreto.
Asimismo, recordó que, como se afirma en la propia presentación del Estado Nacional, es el Presidente, como jefe supremo de la Nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración del país quien cuenta con los elementos y potestades tendientes a cumplir de forma efectiva lo resuelto por el Tribunal.
Por último destacó que su decisión no limitaba el diálogo institucional que el Estado Nacional y las provincias considerasen adecuado establecer como órganos superiores de nuestra organización constitucional.


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