Condenan a enfermero del HRU por cobrar la aplicación de 40 vacunas antigripales gratuitas

FUE CONDENADO A DOS AÑOS DE PRISION EN SUSPENSO POR EL DELITO DE DEFRAUDACION A LA ADMINISTRACION PUBLICA.

Se trata de Marcelo Fabián Duberti, quien fue considerado autor responsable del desvío de vacunas destinadas al cumplimiento de la Campaña Nacional de Vacunación Antigripal 2011, cobrando en su propio beneficio, una suma de dinero estimada en los $5.280.-.
El Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur, lo condenó a dos años de prisión en suspenso y lo inhabilitó en forma perpetua para el desempeño en cargos públicos por el delito de defraudación contra la Administración Pública.
El pasado 26 de mayo, mediante el proceso de omisión de debate, -bajo la presidencia del Dr. Maximiliano García Arpón, con las vocalías de los Dres. Rodolfo Bembihy Videla y Alejandro Pagano Zavalía-, el Tribunal de Juicio en lo Criminal dictó sentencia en la causa N° 1749/2016, originaria N° 24453/2014, del Juzgado de Instrucción N° 2 caratulada “Duberti, Marcelo Fabián s/ Defraudación contra la Administración Pública”.
En el expediente quedó demostrado que Duberti, de profesión enfermero, desvió vacunas correspondientes a la “Campaña Anual de Vacunación Antigripal 2011”, destinadas al personal de la estación de servicio “Malvinas Argentinas” del Automóvil Club Argentino (ACA), sita en la calle Malvinas, entre Onachaga y Jainén y terminó aplicándoselas al personal del “Hotel Canal de Beagle”, también perteneciente al ACA, por la que percibió $5.280.

LA INVESTIGACION

La denuncia la formuló la Dra Carla Alexia Ponce de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, quien manifestó que había tomado conocimiento de las actuaciones administrativas, a raíz de la solicitud por nota del enfermero del HRU, Marcelo Duberti, por la cual había solicitado a la Dra. María de Los Ángeles Morseletto, Jefa del Servicio de Inmunización y a Carlos Bleuer, Jefe del Servicio de Consultorio, de 40 vacunas trivalentes correspondientes a la Campaña Nacional de Vacunación Antigripal, para ser aplicadas al personal de la estación de servicio Malvinas Argentinas del ACA, lo que había sido autorizado por la Responsable Provincial de Inmunizaciones el día 15 de abril.
A fin de constatar la efectiva realización de la campaña de vacunación en terreno, Morseletto se comunicó días más tarde con personal de la estación de servicio, en donde le informaron que la vacunación no se había realizado en el lugar, si no en el hotel, por medio de un “prestador privado”, al que le habían pagado los servicios, según documentación respaldatoria que se exhibe en la causa.  Luego se determinó que se trataba del enfermero del Hospital Regional Ushuaia, Marcelo Duberti.
Iniciada la investigación en las planillas diarias de vacunación, se constataron 51 aplicaciones realizadas el 25, 28 y 29 de abril de 2011 a personal del ACA, refiriéndose sobre dichas planillas que las dosis aplicadas pertenecían al Lote 100302, firmado por el enfermero Duberti.
Surgió además que, el número de lote de las dosis que habían sido retiradas del nosocomio local coincidía con las aplicadas por el enfermero Marcelo Duberti al personal del Hotel Canal de Beagle.
ATENUANTES Y AGRAVANTES

Al momento de ponderar los atenuantes, los jueces del Tribunal de Juicio tuvieron en cuenta el hecho de que el imputado no cuenta con antecedentes penales computables.
Como agravante se merituó “el desprecio mayúsculo a la salud pública, evidenciado por un agente sanitario que lucraba con dosis pertenecientes a un Plan Nacional de Vacunación Gratuito”.

INHABILITACION PERPETUA

Los jueces García Arpón, Zavalía y Bembihy Videla, aplicaron a Duberti una condena de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación especial perpetua para el desempeño de cargos públicos, por haber sido considerado autor material y penalmente responsable del delito de Defraudación contra la Administración Pública bajo la modalidad de Administración Infiel (Arts. 173 inc. 5° en función del art. 174 inc. 5° del C.P.), por el hecho cometido en el mes de abril de 2011, en perjuicio del Ministerio de Salud de la Provincia de Tierra del Fuego.
Además, dispusieron que el condenado se someta al cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años, tales como comunicar al Tribunal todo cambio de residencia que efectuare; someterse al cuidado del Patronato de Liberados y abstenerse del uso de estupefacientes como así también de abusar de bebidas alcohólicas.


El Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur, también lo inhabilitó en forma perpetua para el desempeño en cargos públicos. Deberá cumplir reglas de conducta por 24 meses.