Hallan feto en la planta de tratamientos cloacales ‘Bahía Golondrina’

La Fiscalía requirió la instrucción sumaria.

Un trabajador de la planta de tratamiento de líquidos cloacales «Bahía Golondrina» halló -este miércoles- un feto de aproximadamente 30 centímetros, en una rejilla ubicada próxima a donde los camiones vuelcan sus desechos.
El macabro hallazgo sucedió en horas de la mañana, luego de que un camión del Municipio de Ushuaia finalizara el desagote de fluidos, en una playa del predio. Los empleados observaron asombrados el hecho y dieron aviso inmediato a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), quienes se constituyeron en el lugar.
Asimismo, se notificó del suceso a la jueza de Instrucción, Dra. María Cristina Barrionuevo, la cual dispuso el despliegue de personal de las Divisiones Policía Científica y Delitos Complejos, a fines de investigar el inquietante episodio.
Según publicó el protal Infofueguina, las pericias iniciales dieron cuenta que el feto tendría aproximadamente entre 4 y 5 meses de gestación, sin sexo definido aún. Por lo pronto, se tomará declaración a los ocupantes del camión y se solicitará información en los Centros de Salud de la ciudad, para dar con mujeres que estuvieran embarazadas en ese período.
Ayer, el Ministerio Público Fiscal del Distrito Judicial Sur, requirió la instrucción sumaria por la causa en la que se investiga el hallazgo de un feto, en el interior de la Planta de tratamiento de líquidos cloacales, ubicada camino al Aeropuerto Internacional de Ushuaia.
El Fiscal Nicolás Arias, requirió la instrucción sumaria por el hecho consistente en haber causado la muerte del feto –con o sin consentimiento de su madre-, hallado en el interior del pileton de descarga de la Planta de tratamiento de líquidos cloacales de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (DPOSS), ubicada en inmediaciones al Aeropuerto Internacional “Malvinas Argentinas”.
El hallazgo se produjo en horas de la mañana del miércoles 23 de agosto, desconociendo aún como llegó hasta ese lugar.
Para el representante del Ministerio Público Fiscal, el hecho se encuadra en el delito de aborto (Art. 85 del Código Penal), el que establece que el causante será reprimido con: “1º con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer; 2º con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer. El máximum de la pena se elevara a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer”.


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