Fue exonerado un policía provincial por “falta grave”

Fue exonerado un policía provincial por “falta grave”

EL HECHO OCURRIO HACE CASI CINCO AÑOS ATRÁS.

Gustavo Orlando Franzen fue descubierto por personal de Gendarmería Nacional. Una inspectora de tránsito de la Municipalidad de Río Grande, identificada como Mónica Ojeda adquiría la mercadería en Punta Arenas y luego la dejaba oculta del lado chileno, a un costado de la ruta, por donde después pasaba el policía y la ingresaba a Argentina.

Ayer se confirmó la exoneración del oficial principal Gustavo Orlando Franzen, oriundo de Puerto Rico, luego radicado en Misiones y finalmente domiciliado en la localidad de Tolhuin, en Tierra del Fuego.
Franzen fue noticia en el mes de mayo de 2014, cuando fue descubierto por personal de Gendarmería Nacional realizando en complicidad con la funcionaria pública de la Municipalidad de Río Grande, Mónica Ojeda, una estratégica maniobra para ingresar al país artículos procedentes de la ciudad de Punta Arenas, sin declararlos en la Aduana ni pagar eventuales impuestos.
El “modus operandi” de la dupla consistía en la compra de todo tipo de artículos en la Zona Franca de la localidad chilena de Punta Arenas, por parte de la mujer, quien trasladaba la compra en su vehículo particular hasta algunos kilómetros antes de la frontera, en San Sebastián. En un lugar convenido y oculto, a un costado de la ruta, la mujer acomodaba la mercadería para luego seguir viaje e ingresar a Argentina “sin nada que declarar”. Posteriormente Gustavo Franzen trasponía el cruce fronterizo para buscar los elementos dejados momentos antes por Ojeda y volvía a reingresar al país con la carga ilegal, sin que por conducir un patrullero de la Policía, lo revisaran.
Esto pudo haberse repetido una cantidad no precisada de veces hasta que un día a los gendarmes apostados en la frontera les llamó la atención la actitud de la mujer, que salía del país y volvía a entrar en sucesivas oportunidades sin equipaje ni compras de ningún tipo.
Momentos después de requisar a la mujer, vieron trasponer la frontera, desde el lado chileno, al patrullero conducido por Franzen y decidieron revisarlo: en la caja de la camioneta oficial encontraron una gran cantidad de mercadería, como televisores, otros electrodomésticos y ropa.
Finalmente, en abril de 2018, la pareja fue sometida a juicio ante el Tribunal Oral Federal, por haber sido considerado, en principio el delito como “contrabando” en el caso de la mujer y “contrabando agravado” en el del policía. Los jueces sorprendieron al considerar que en realidad no había habido tal contrabando sino “una simple infracción aduanera”, absolviendo a ambos.
El criterio de los jueces fue muy criticado y calificado de “absurdo”, dado que los dos imputados inclusive admitieron la autoría del hecho. En el caso de la mujer dijo que se había dedicado a esa actividad porque había sufrido un accidente que no le permitía hacer horas extras en su trabajo de inspectora municipal de tránsito y en el caso del policía, porque se sentía conmovido por la situación que afligía a su amiga.
Pese al fallo absolutorio, el oficial de Policía continuó incurso en un sumario interno institucional por haber empleado un bien público (el patrullero) para salir de Argentina, ingresar a Chile y volver a reingresar a nuestro país con mercadería chilena, sin declararla y en complicidad con un tercero.

EXONERADO

A casi cinco años de los hechos, ayer se conoció que a través del Decreto 636/19, se procedió a aplicar la sanción de exoneración del oficial principal Gustavo Orlando Franzen, en orden a lo que establece el articulo 469, inciso r) del Decreto 2657/08, reglamentario de la ley de personal policial, el cual establece como “falta grave el hacer uso de fondos o bienes del Estado en provecho propio o de terceros”.
Asimismo, se aplicó lo que se establece en el artículo 470 del mismo decreto reglamentario, donde se consideran faltas graves “aquellas que por su naturaleza, las circunstancias en que fueron cometidas, su repercusión o trascendencia pública o sobre el servicio, y otras características merezcan tal calificación”.


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